Beneficios (II)
Posibilitar el Pago en Entidades Colaboradoras, tanto en periodo voluntario como ejecutivo.
- Se permitirá realizar pagos en dichas entidades mediante la utilización de los documentos emitidos por el Ayuntamiento (Liquidaciones, Multas, Recibos, Plazos de Fraccionamiento, Cartas del 10%, Providencias de apremio y la primera providencia de embargo, etc.)
- Utilización de la Modalidad 2 de Norma CSB 60, que permite el pago con y sin recargos.
Unificación de la Documentación a entregar al contribuyente.
- Mediante la homogeneización de los documentos que se le hacen llegar al ciudadano se consigue minimizar errores y facilitar el conocimiento de la deuda contraída y su estado.